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Ruedas de Prensa
CONSIDERACIONES GENERALES Y PROCESO DE SELECCION
CONSIDERACIONES GENERALES
Con esta denominación - Expertos Nacionales en Formación Profesional - introducida en la Decisión C(2008)6866 de 18.11.08 se hace referencia al programa que hasta entonces se denominaba de Practicas Estructurales.
Mediante esta posibilidad de empleo, la Comisión Europea permite que estos expertos no solo pongan en práctica sus conocimientos, sino también que adquieran una experiencia en los métodos de trabajo y políticas de la CE ; Por su parte, esta Institución se beneficia de un personal que ofrece nuevos puntos de vista y conocimientos actualizados que enriquecen el trabajo cotidiano de sus servicios, creándose al mismo tiempo una red de personas con experiencia directa en sus procedimientos.
Es importante destacar las modificaciones realizadas por la Comisión en febrero de 2010 en la citada Decisión en relación con la figura de los expertos nacionales en formación profesional (ENFP):
- Para los candidatos a ENFP ya no se exige la experiencia profesional de tres años, a la que se hace referencia en los artículos 31 y 8 de la citada Decisión.
- Deja de ser aplicabla a los ENFP el artículo 1 de la Decisión, en el que se exige que los candidatos hayan estado al servicio de sus empleadores durante al menos doce meses en un marco estatutario o contractual antes de su comisión de servicio.
Durante el periodo de formación los interesados permanecen en situación de servicio activo en su Administración de origen quien debe mantener tanto sus derechos retributivos como sus derechos sociales ( en materia de seguridad social y pensión ). Los ENFP son considerados como Expertos Nacionales en comisión de servicios sin coste y por ello son retribuidos por su empleador sin que la Comisión abone contrapartida financiera alguna.
Los periodos de Formación profesional tendrán una duración de entre 3 y 5 meses y se desarrollaran dos veces al año comenzando, por regla general, los días 1 y 16 de los meses de Marzo y Octubre.
La Competencia para la convocatoria de estos periodos de formación corresponde a la DG HR ( Ello ocurre aproximadamente entre los meses de Abril y Mayo para el periodo de formación que se inicia en Octubre y entre los meses de Noviembre y Diciembre para el período de formación que se inicia en Febrero )
PROCEDIMIENTO DE SELECCION
Una vez que la Comisión Europea declara abierta una convocatoria se abre un plazo de presentación de solicitudes de aproximadamente un mes para que cada interesado presente su candidatura.
Esta candidatura consiste en la presentación por vía electrónica ante la Secretaria de Estado para la UE ( tramitacionend@ue.maec.es ) de los siguientes documentos:
- Application Form
- CV Modelo Europass en inglés
- CE Modelo Europass en español
- Carta de autorización del superior jerárquico
Se recuerda que la presentación de candidaturas obliga a su cumplimiento tanto por parte de la administración como del candidato, no siendo posible una vez presentada la candidatura, “salvo caso de fuerza mayor”, la petición de modificación de las fechas y condiciones del periodo de formación ni tampoco su cancelación.
ATENCION : En el apartado CONVOCATORIAS se incluye información general del programa e instrucciones relativas al plazo y procedimiento de presentación de solicitudes para cada convocatoria.
Para cualquier información suplementaria puede contactarse con la Unidad de Apoyo de la Representación Permanente de España ante la Unión Europea (unidaddeapoyo@reper.maec.es )
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