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Ruedas de Prensa
 

El Gobierno valora muy positivamente el acuerdo alcanzado por los Ministros de Agricultura de la Unión Europea sobre la Reforma de la PAC
 
 
Los Ministros de Agricultura de la Unión Europea alcanzan un primer acuerdo sobre la Reforma de la PAC

El Consejo acuerda el mandato negociador para que la Presidencia irlandesa de comienzo a las negociaciones con el Parlamento Europeo

El acuerdo final de la Reforma podría producirse a finales del mes de junio

El Gobierno valora muy positivamente el acuerdo alcanzado en el día de hoy en Bruselas


19 de marzo de 2013. Los Ministros de Agricultura de los 27 EEMM han alcanzado un acuerdo sobre los cuatro reglamentos que componen el paquete legislativo de la Reforma de la PAC que supone un avance importantísimo para España en la negociación de esta Reforma. Este acuerdo es un mandato negociador para que la Presidencia irlandesa del Consejo inicie las negociaciones con el Parlamento Europeo que, a su vez, votó su posición negociadora en la sesión plenaria que tuvo lugar la semana pasada. Ambas instituciones, junto con la Comisión Europea, darán así comienzo a los trílogos con el objeto de aproximar sus posiciones con vistas a lograr un acuerdo de posición común en el Consejo el próximo mes de junio, que sería a su vez refrendado por el Parlamento Europeo en su sesión plenaria del mes de julio. Será entonces, si se cumple con el calendario previsto, cuando se alcance el acuerdo definitivo sobre la Reforma de la PAC.

19 de marzo de 2013. Los Ministros de Agricultura de los 27 EEMM han alcanzado un acuerdo sobre los cuatro reglamentos que componen el paquete legislativo de la Reforma de la PAC que supone un avance importantísimo para España en la negociación de esta Reforma. Este acuerdo es un mandato negociador para que la Presidencia irlandesa del Consejo inicie las negociaciones con el Parlamento Europeo que, a su vez, votó su posición negociadora en la sesión plenaria que tuvo lugar la semana pasada. Ambas instituciones, junto con la Comisión Europea, darán así comienzo a los trílogos con el objeto de aproximar sus posiciones con vistas a lograr un acuerdo de posición común en el Consejo el próximo mes de junio, que sería a su vez refrendado por el Parlamento Europeo en su sesión plenaria del mes de julio. Será entonces, si se cumple con el calendario previsto, cuando se alcance el acuerdo definitivo sobre la Reforma de la PAC.

El Gobierno valora muy positivamente el acuerdo alcanzado en el día de hoy en Bruselas porque supone el cumplimento de la práctica totalidad de los objetivos de negociación establecidos en el acuerdo la Conferencia Sectorial con las CCAA de 15 de junio de 2012 y elimina todos aquellos aspectos que perjudicaban a los sectores productivos agrarios españoles.

El acuerdo alcanzado por los Ministros de Agricultura comprende las propuestas de reglamento de ayudas directas, organización común de mercados, desarrollo rural y el reglamento financiero y de gestión. Los principales aspectos del acuerdo de importancia para España son los siguientes:

En lo que respecta al reglamento de pagos directos,

 Se ha conseguido limitar la superficie potencialmente elegible a la declarada en 2011, evitando la dilución desproporcionada de los importes unitarios de ayuda que suponía la propuesta inicial de la Comisión, que hubiera supuesto la incorporación de 17 millones de ha adicionales dando lugar a una fortísima reducción de los importes de ayuda. Con el acuerdo conseguido quedan salvaguardadas las ayudas que los agricultores y ganaderos vienen percibiendo.

 Se ha eliminado la obligatoriedad de que haya un mismo importe de ayuda o “tasa plana” para todos los agricultores en 2019. En su lugar, los beneficiarios cuyas ayudas se encuentren por debajo del 90%, de la media que se establezca para su región, recuperarán entre 2014 y 2019 una tercera parte de la diferencia entre el 90% de la media y su nivel actual de ayudas. De esta manera, se evitará que se produzcan trasvases significativos de importes entre beneficiarios, sectores y territorios.

 Con respecto al componente verde, se han flexibilizado las condiciones que permitirán su cumplimiento y, en particular, se han introducido modificaciones que permitirán considerar a los cultivos permanentes extensivos, con menos de 250 árboles por hectárea (que suponen el 71 % en olivar y el 60 % en frutos secos) como superficies de interés ecológico para el cumplimiento del requisito del componente verde.

 Asimismo, se ha introducido la posibilidad de que el porcentaje que supone este pago, se calcule individualmente y no a nivel nacional o regional para cada agricultor, de manera proporcional a su pago básico, evitando con ello el efecto de “tasa plana” y de redistribución de las ayudas, que tenía la propuesta de la Comisión.

 Con respecto a las ayudas asociadas, a pesar de las presiones de otros Estados miembros que solicitaban su supresión, se ha conseguido aumentar el nivel de ayudas acopladas (12%). En el caso de España, ése límite será de en torno al 13,5%, dado que España ha mantenido ése porcentaje en el año 2011.

 Se ha recogido asimismo que los Estados miembros puedan aplicar de oficio el régimen simplificado para pequeños agricultores cuyos importes de ayuda estén comprendidos entre 500 y 1000€.

Con respecto al reglamento de la OCM única,

 En relación con el vino se han incorporado al texto las Conclusiones del Grupo de trabajo de Alto Nivel, que permiten mantener hasta 2024 un sistema de limitación de producciones, entrando en vigor el nuevo sistema en 2019, y por lo tanto, se prorroga obligatoriamente el sistema actual de derechos de plantación hasta el 31 de diciembre de 2018. La propuesta inicial de la Comisión era la supresión del sistema de limitación de la producción. El incremento anual de la superficie vitivinícola será del 1%, pudiéndose reducir con criterios objetivos y no discriminatorios.

 Con respecto al azúcar, la propuesta inicial de la Comisión era la supresión total de la cuota en 2015, y con el acuerdo de hoy se consigue prorrogar en dos años más el sistema actual que permitiría a nuestros remolacheros y a nuestra industria poder afrontar mejor la futura liberalización del sector.

 A pesar de las reticencias de algunos países, se ha conseguido mantener el reconocimiento obligatorio para las OPs de frutas y hortalizas, vino y leche, y voluntario para el resto de los sectores. Se ha eliminado el requisito de no posición dominante para el reconocimiento de las OPs. Además, se incorpora la posibilidad de que las asociaciones de OP de frutas y hortalizas puedan presentar directamente programas operativos, lo que permitirá incorporar flexibilidad y mejorar la gestión de los mismos.

 Se ha introducido la capacidad de las OPs de extender norma para aspectos relativos a la sanidad animal, sanidad vegetal y seguridad alimentaria.

 Se ha conseguido incorporar el etiquetado de origen país para las frutas y hortalizas, sector netamente exportador.


Con respecto al reglamento de Desarrollo Rural,

 Se ha conseguido que el nuevo reglamento permita a los Estados miembros elaborar un programa de desarrollo rural de carácter nacional, compatible con programas regionales, lo que permitirá financiar medidas con valor añadido de carácter suprautonómico, como puede ser la cooperación, los programas de lucha contra plagas y enfermedades y la conservación de recursos fitogenéticos, la prevención de los incendios forestales y la restauración de zonas afectadas por los mismos, la innovación, la formación,…

 Con respecto a las inversiones en regadío, se ha reducido al 10 % el ahorro mínimo de agua necesario para obtener financiación procedente del FEADER, en lugar del 25 % establecido inicialmente por la Comisión. Igualmente se incluye la financiación de proyectos de mejora de eficiencia energética en regadío, la construcción de balsas de regulación y la utilización de aguas recicladas. También se permite el incremento neto de superficie regada, bajo determinadas condiciones.

 Se amplía en un año el período del que disponen los Estados miembros para ejecutar los gastos de las medidas de desarrollo rural, mediante la ampliación de la denominada “regla N+2” a N+3.

 Se garantiza la compatibilidad de nuestro sistema de seguros agrarios con el nuevo mecanismo de estabilización de rentas.

Por lo que se refiere al reglamento horizontal,

 Se han conseguido simplificar determinadas disposiciones relativas al cálculo de las sanciones, la aplicación de la Condicionalidad y la digitalización de elementos estructurales en los sistemas de información geográfica de parcelas agrícolas.

En definitiva, se trata de un primer acuerdo, clave en el proceso de Reforma de la PAC, que permitirá iniciar las negociaciones con el Parlamento Europeo, cuya votación de la semana pasada sobre el paquete legislativo de la Reforma, y que en términos generales es valorada positivamente por España.

Si bien la valoración del Gobierno con respecto al acuerdo alcanzado es muy positiva, pues han quedado recogidas las prioridades que se marcó España en la negociación, en el marco de negociación acordado con las comunidades autónomas en junio de 2012, será necesario esperar al resultado final de la negociación entre Consejo, Parlamento y Comisión Europea para confirmar el resultado de este acuerdo.
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